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AFIP: la CUIT de Personas Jurídicas ahora se puede obtener de forma digital
El procedimiento habilitado para las empresas debe realizarse a través del sitio web del organismo. Hasta el momento, el trámite requería atención presencial.
09 de Setiembre de 2020
CPCE

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) dispuso el pasado 4 de septiembre que las Personas Jurídicas podrán obtener la CUIT de forma digital, sin necesidad de concurrir a una dependencia. La medida busca facilitar la realización del trámite en el marco de las medidas de aislamiento y distanciamiento social, preventivo y obligatorio establecidas a causa de la pandemia por COVID.-19.

Esta novedad fue anunciada en la Resolución General N° 4810/2020:

Se establece el procedimiento para la presentación digital de la documentación necesaria para obtener la CUIT de personas jurídicas por medio del servicio web "Presentaciones Digitales", seleccionando el trámite “Inscripción o modificación de datos de Personas Jurídicas”. En esta misma presentación se podrá realizar el trámite de “Vinculación de Clave Fiscal para Personas Jurídicas”.

Esta modalidad es de carácter optativo para aquellos sujetos cuya jurisdicción del domicilio de la persona jurídica que se pretende inscribir se encuentre en alguna de las áreas geográficas del país en etapa de “distanciamiento social, preventivo y obligatorio”. De todas formas, AFIP podrá requerir la presentación de la documentación de respaldo correspondiente.

A su vez, se podrá utilizar el procedimiento dispuesto para las solicitudes de modificación de datos de las personas jurídicas, que deban efectuarse en forma presencial en las dependencias de este Organismo. El referido servicio se encontrará disponible a partir del lunes 7 de septiembre.

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