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Colaboración técnica: EECC de entidades menos complejas ante el COVID-19
Se trata de un documento elaborado por la FACPCE que busca orientar a los Matriculados respecto a los estados contables referidos a cierres posteriores a la declaración de pandemia.
19 de Agosto de 2020
CPCE

Luego de publicar dos entregas a modo de guía relacionadas con la aplicación de normas de contabilidad y auditoría para todo tipo de entidades argentinas en contexto de pandemia, la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas (FACPCE) lanza su "Colaboración técnica: EECC de entidades menos complejas ante el COVID-19”,  un documento que hace hicapié en los estados contables.

Esta nueva colaboración está basada en el documento “Guía sobre la aplicación de las normas de contabilidad y auditoría frente a los efectos del COVID-19” y en las normas de contabilidad y auditoría desarrolladas por la FACPCE. La misma contiene orientaciones relacionadas con los efectos del COVID-19 para entidades menos complejas y es aplicable a los estados contables referidos a cierres posteriores a la declaración de pandemia.

En el mes de abril de 2020 se publicó (en dos entregas) el documento elaborado por la Comisión Consultiva en temas de Contabilidad y Auditoría (CCCA): “Guías sobre la aplicación de las normas de contabilidad y auditoría frente a los efectos del COVID-19”, a través del cual se buscó dar respuestas a dudas frecuentes relacionadas con la aplicación de las normas de contabilidad y auditoría para todo tipo de entidades argentinas que surgieron a partir de la irrupción de la pandemia.

En esa oportunidad, el foco se puso en los estados contables anuales, con cierres ocurridos al 31 de diciembre de 2019 y posteriores a esa fecha, pero antes de la declaración de la pandemia por parte de la Organización Mundial de la Salud (OMS) - 11 de marzo de 2020 -, y en los cierres intermedios ocurridos después de la fecha de la declaración de la pandemia.

Actualmente la CCCA está trabajando para publicar a la brevedad una tercera entrega de la Guía referida a cierres (anuales o intermedios) ocurridos con posterioridad a la fecha de la declaración de la pandemia para todo tipo de entidades argentinas. Sin embargo, a raíz de que numerosas entidades de todo el país tienen cierre de ejercicio anual el 30 de junio de cada año, se decidió realizar una publicación independiente en forma de colaboración técnica con las conclusiones a las que ya arribó la CCCA sobre ciertos temas. Estas conclusiones fueron revisadas por los integrantes del Consejo Elaborador de Normas de Contabilidad y Auditoría (CENCyA).

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