Llamado a Concurso Director General del CENCyA - Febrero 2020
LLAMADO A CONCURSO
DIRECTOR GENERAL DEL CENCYA
Para presentar declaraciones de interés a postular para el cargo de Director General del Consejo Elaborador de Normas de Contabilidad y Auditoría (CENCyA)
Se invita a presentar declaraciones de interés para participar, como postulante, en la selección del Director General al CENCyA.
Esta invitación se realiza en base al Reglamento del CENCyA, aprobado por Resolución de Junta de Gobierno Nº 484/15 del 27 de marzo de 2015.
Los postulantes deben presentar (en formato PDF), en la sede del Consejo Profesional de Ciencias Económicas donde estén matriculados:
a) Nota de elevación de sus antecedentes con declaración jurada que lo presentado en su curriculum vitae es veraz y correcto, con su firma. (incluyendo certificado de matrícula profesional habilitada, emitido por el CPCE en el que se encuentre matriculado),
b) Nota del postulante declarando conocer las funciones, derechos y obligaciones del Reglamento del CENCyA aprobado por la Junta de Gobierno del 27 de marzo de 2015.
c) Curriculum vitae y fotocopias de las probanzas de los últimos tres años
d) Plan de trabajo para el período, que incluya su propuesta para el cumplimiento de las funciones previstas en el Reglamento.
VENCIMIENTO DE LA PRESENTACIÓN EN LOS CONSEJOS PROFESIONALES:
14 DE FEBRERO DE 2020
Artículos del Reglamento, relacionados con esta función (se aconseja leer todo el Reglamento):
II. CENCyA: MISIÓN, FUNCIONES Y OBJETIVOS
El Consejo Elaborador de Normas de Contabilidad y de Auditoría (CENCyA) es el organismo encargado de elaborar, en el interés público, y difundir, las normas de Contabilidad y Auditoría a emitir por la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas (FACPCE), para su posterior sanción por los Consejos Profesionales de Ciencias Económicas.
Depende de la Junta de Gobierno e informa su gestión a través de la Mesa Directiva.
Art. 3 – FUNCIONES
CENCyA tiene la función de elaborar y proponer los proyectos de normas profesionales para su análisis y aprobación en la Junta de Gobierno y, colaborar en su posterior difusión, uso y aplicación.
Art. 4 – OBJETIVOS
CENCyA tiene los siguientes objetivos:
VI. CENCyA - OBLIGACIONES DE SUS MIEMBROS Y DEL DIRECTOR GENERAL
Art. 13 – OBLIGACIONES DEL DIRECTOR GENERAL
Son funciones y obligaciones del Director General:
a. concurrir a las reuniones de la Junta de Gobierno y de la Mesa Directiva de la FACPCE e informar sobre el avance de los planes de trabajo establecidos, siendo esta función indelegable, salvo razones de fuerza mayor que lo justifiquen y con conocimiento previo y aprobación de la Mesa Directiva;
b. preparar y elevar a la Mesa Directiva los requerimientos presupuestarios de gastos de funcionamiento;
c. presidir CENCyA y cada Comité, y desarrollar el proceso de análisis y elaboración de las normas profesionales; y
d. las previstas en otros artículos de este reglamento.
Llamado a Concurso del CECyT - Febrero 2020
Llamado a Concurso del CECyT
Cargo: Consejo Asesor [1]
Se encuentra abierto el llamado a concurso para cubrir el cargo de Consejo Asesor del CECyT, en las siguientes áreas:
Cargo: Director de Área
Se encuentra abierto el llamado a concurso para cubrir el cargo de Director de Área del CECyT. El área a cubrir es la siguiente:
Cargo: Investigador de Área
Se encuentra abierto el llamado a concurso para cubrir el cargo de Investigador de Área del CECyT. Las áreas a cubrir son las siguientes:
Cargo: Joven Investigador de Área
Se encuentra abierto el llamado a concurso para cubrir el cargo de Joven Investigador de Área del CECyT. El área a cubrir son las siguientes:
La duración de las designaciones será de dos años desde su aprobación por la Junta de Gobierno.
Recepción de documentación:
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Reglamento del CECyT
VI. Funciones y obligaciones de los integrantes del CECyT
Art. 13 –
Son funciones del Consejo Asesor:
Los gastos de traslado y estadía de sus miembros serán a cargo de la FACPCE.
Requisitos a cumplir por los postulantes
Los postulantes para cubrir los cargos del CECyT deberán presentar en el Consejo Profesional donde se encuentren matriculados:
Asimismo, todos los antecedentes que se presenten, deberán acompañarse en el mismo formato. (el tamaño del archivo no debe superar los 6 MB). En el caso que supere los 6MB, sugerimos utilizar algún servicio de transferencia en la nube, por ej. WeTransfer.
Aquellos profesionales que se postulen para cubrir los cargos de Directores de Área del CECyT deberán presentar adicionalmente a lo mencionado precedentemente:
? Un plan de trabajo de investigación individual para el primer año; y
? Un plan de investigación de los investigadores que tendrían a su cargo, para el primer año.
Estos planes deberán consignar: el tema a investigar, la metodología de investigación a utilizar, los plazos para el informe final y para las etapas intermedias, el estado actual del tema a investigar y el producto final que se espera obtener.
Llamado a Concurso Comité de Nominaciones CENCyA
Febrero 2020
Llamado a Concurso
Comité de Nominaciones al CENCyA
Para presentar declaraciones de interés a postular para Miembro del Comité de Nominaciones al Consejo Elaborador de Normas de Contabilidad y Auditoría por el período 31/03/2020 al 30/06/2022.
Se invita a presentar declaraciones de interés para participar, como postulante, en la selección de miembros del Comité de Nominaciones al CENCyA.
Esta invitación de realiza en base a la Resolución 484/15 que implementa el Reglamento del CENCyA, aprobado en la Junta de Gobierno del 27 de marzo de 2015.
Las postulaciones corresponden a:
Dos (2) miembros en representación de los organismos que participan en la postulación de miembros a CENCyA; y
Los organismos deben presentar sus propuestas en el Consejo Profesional donde se encuentre matriculado el postulado.
Los postulantes deben presentar (en formato PDF), en la sede del Consejo Profesional de Ciencias Económicas donde estén matriculados:
1) Nota de elevación de sus antecedentes con declaración jurada que lo presentado en su curriculum vitae es veraz y correcto, con su firma. (incluyendo certificado de matrícula profesional habilitada, emitido por el CPCE en el que se encuentre matriculado),
2) nota del postulante declarando conocer las funciones, derechos y obligaciones del Reglamento del CENCyA aprobado por Resolución 484/15 de Junta de Gobierno,
3) curriculum vitae y fotocopias de las probanzas de los últimos tres años,
4) nota de aceptación de la postulación por parte del organismo que lo postula, declarando que conoce los requerimientos para el puesto. Se prevé, como mínimo, la realización de dos reuniones no presenciales por año.
VENCIMIENTO DE LA PRESENTACIÓN EN LOS CONSEJOS PROFESIONALES:
14/02/2020
Artículos del Reglamento, relacionados con esta función (se aconseja leer todo el Reglamento):
VII. COMITÉ DE NOMINACIONES - CONFORMACIÓN
Art. 14 – INTEGRACIÓN
El Comité de Nominaciones está formado por:
El Comité de Nominaciones puede tener hasta una cantidad de tres (3) miembros suplentes: un (1) suplente del representante de Junta, un (1) suplente por los Consejos Profesionales y un (1) suplente por el resto de los miembros. Cada suplente solo puede reemplazar al titular que represente al mismo grupo.
Los miembros suplentes pueden ser designados como miembros titulares, sólo cuando hay vacancia (ej.: renuncia, pedido de licencia, etc.) del miembro titular.
VIII. COMITÉ DE NOMINACIONES - DURACIÓN DE LA DESIGNACIÓN DE SUS MIEMBROS Y RENOVACIÓN DEL COMITÉ
Art. 15 – DURACIÓN - RENOVACIÓN
La duración de la designación de los miembros del Comité de Nominaciones es de tres años con posibilidad de dos reelecciones sucesivas o de varias reelecciones alternadas.
La renovación del Comité de Nominaciones se realiza mediante un orden de mérito que se propone a la Junta de Gobierno, confeccionado por un Comité Especial, previo estudio de los antecedentes de los postulantes.
El Comité Especial estará formado por tres (3) integrantes de la Junta de Gobierno y el Presidente de la FACPCE, que presidirá éste Comité Especial y tendrá doble voto en caso de empate.
Llamado a Concurso para Miembros del Comité de Nominaciones CENECO
Llamado a Concurso
Comité de Nominaciones al CENECO
Para presentar declaraciones de interés a postular para Miembros del Comité de Nominaciones al Consejo Elaborador de Normas de Economía por el período 31/03/2020 al 30/06/2022.
Se invita a presentar declaraciones de interés para participar, como postulante, en la selección de miembros del Comité de Nominaciones al CENECO.
Esta invitación de realiza en base a la Resolución 485/15 que implementa el Reglamento del CENECO, aprobado en la Junta de Gobierno del 27 de marzo de 2015.
Las postulaciones corresponden a:
Dos (2) miembros en representación de los organismos que participan en la postulación de miembros a CENECO; y
Dos (2) miembros propuestos por los Consejos Profesionales;
Los organismos deben presentar sus propuestas en el Consejo Profesional donde se encuentre matriculado el postulado.
Los postulantes deben presentar (en formato PDF), en la sede del Consejo Profesional de Ciencias Económicas donde estén matriculados:
1) Nota de elevación de sus antecedentes con declaración jurada que lo presentado en su curriculum vitae es veraz y correcto, con su firma. (incluyendo certificado de matrícula profesional habilitada, emitido por el CPCE en el que se encuentre matriculado),
2) nota del postulante declarando conocer las funciones, derechos y obligaciones del Reglamento del CENECO aprobado por Resolución 485/15 de Junta de Gobierno,
3) curriculum vitae y fotocopias de las probanzas de los últimos tres años,
4) nota de aceptación de la postulación por parte del organismo que lo postula, declarando que conoce los requerimientos para el puesto. Se prevé, como mínimo, la realización de dos reuniones no presenciales por año.
VENCIMIENTO DE LA PRESENTACIÓN EN LOS CONSEJOS PROFESIONALES:
14 DE FEBRERO DE 2020
Artículos del Reglamento, relacionados con esta función (se aconseja leer todo el Reglamento):
VII. COMITÉ DE NOMINACIONES - CONFORMACIÓN
Art. 14 – INTEGRACIÓN
El Comité de Nominaciones está formado por:
El Comité de Nominaciones puede tener hasta una cantidad de tres (3) miembros suplentes: un (1) suplente del representante de Junta, un (1) suplente por los Consejos Profesionales y un (1) suplente por el resto de los miembros. Cada suplente solo puede reemplazar al titular que represente al mismo grupo.
Los miembros suplentes pueden ser designados como miembros titulares, sólo cuando hay vacancia (ej.: renuncia, pedido de licencia, etc.) del miembro titular.
VIII. COMITÉ DE NOMINACIONES - DURACIÓN DE LA DESIGNACIÓN DE SUS MIEMBROS Y RENOVACIÓN DEL COMITÉ
Art. 15 – DURACIÓN - RENOVACIÓN
La duración de la designación de los miembros del Comité de Nominaciones es de tres años con posibilidad de dos reelecciones sucesivas o de varias reelecciones alternadas.
La renovación del Comité de Nominaciones se realiza mediante un orden de mérito que se propone a la Junta de Gobierno, confeccionado por un Comité Especial, previo estudio de los antecedentes de los postulantes.
El Comité Especial estará formado por tres (3) integrantes de la Junta de Gobierno y el Presidente de la FACPCE, que presidirá éste Comité Especial y tendrá doble voto en caso de empate.
[1] Art. 5 – RESOLUCIÓN JG Nº 540/18 - Reglamento del CECyT
b. miembros del Consejo Asesor: a propuesta de los Consejos que integran la FACPCE, debiendo proponerse los postulantes con la presentación del currículum vitae resumido correspondiente;