Aspectos clave y consideraciones a tener en cuenta al emitir estados contables de período irregular
¿Qué es un ejercicio irregular?
Un ejercicio irregular se refiere a los estados contables correspondientes a períodos con una duración menor a 12 meses que, sin embargo, comprenden un ejercicio económico completo.
Es fundamental no confundirlo con ejercicios de período intermedio, los cuales también son menores a 12 meses, pero no representan un cierre de ejercicio económico completo, sino un corte de información realizado a una fecha distinta a la habitual establecida por contrato o estatuto.
Situaciones comunes de ejercicios irregulares
- Primer ejercicio de una sociedad: Cuando el período comprendido entre la constitución y la fecha de cierre es menor a 12 meses.
- Cambio de fecha de cierre: Cuando la sociedad modifica la fecha habitual de cierre del ejercicio económico.
- Último ejercicio económico de una sociedad: Cuando se produce la liquidación y el período es inferior a 12 meses.
Puntos principales a tener en cuenta
- Carátula y encabezados:
- Indicar que se trata de un ejercicio de período irregular y la fecha de inicio y cierre.
- Se sugiere repetir esta indicación en todos los encabezados de los estados contables.
- Notas a los estados contables:
- Revelar la duración del período.
- Incluir información relacionada con la comparabilidad de los estados contables.
- Presentación comparativa según el tipo de ejercicio irregular:
- Primer ejercicio irregular: No corresponde presentar comparativo, ya que no existe un ejercicio previo ni se compara con el balance constitutivo o Inventario inicial.
- Cambio de fecha de cierre: Se deben presentar los estados comparativos con el ejercicio anterior (si existe), indicando la duración del período y las consideraciones sobre comparabilidad.
- Último ejercicio económico: También se presentan comparativos con el ejercicio anterior y en las notas incluir duración y comparabilidad.
- Estado de Flujo de Efectivo:
- En el caso de primer ejercicio irregular, no existe saldo inicial de efectivo. El aporte efectivamente realizado por los propietarios se expone en las Actividades de Financiación (Aporte de los Propietarios).
- Es decir, en primer ejercicio, no corresponde considerar los saldos de caja y bancos del balance constitutivo o Inventario inicial como efectivo al inicio.
- Informe de auditoría:
- Corresponde emitir un Informe de Auditoría, según los lineamientos de la RT 37 (modificada por RT 53).
- No corresponde el Informe de Revisión, que se aplica a ejercicios intermedios.
- Es recomendable indicar explícitamente en el informe que se auditan estados contables de un ejercicio irregular.
- Los modelos de informe pueden descargarse desde la página del Consejo.
- Primer ejercicio:
- Recordar mencionar en las notas que no se presenta comparativo.
Cuadro resumen: Ejercicios irregulares y comparativo
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Tipo de ejercicio irregular
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Comparativo con ejercicio anterior
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Notas adicionales
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Primer ejercicio de la sociedad
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No corresponde
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Indicar que no hay comparativo
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Cambio de fecha de cierre
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Sí
(si existe ejercicio anterior)
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Revelar duración y comparabilidad
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Último ejercicio económico / liquidación
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Sí
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Revelar duración y comparabilidad
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