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RT 54: Algunos cambios en los rubros del activo para las sociedades comerciales
Lo que necesitás saber para jerarquizar tu ejercicio profesional ante los nuevos cambios normativos.
10 de Febrero de 2026
CPCE

La Resolución Técnica N° 54 (Norma Unificada Argentina de Contabilidad - NUA) no es solo una "limpieza" de normas anteriores (como las RT 8, 9, 17, 41, etc), sino que reestructura la forma en que exponemos la información contable y produce un cambio en las DENOMINACIONES. A continuación, repasamos los nuevos rubros del Activo y sus diferencias con los que veníamos utilizando desde la histórica RT 9.

1. De "Créditos" a "Cuentas por Cobrar"

Bajo la RT 54, el rubro genérico de "Créditos" se desglosa con mayor especificidad. Ahora debemos distinguir claramente entre:

  • Cuentas por cobrar a clientes en moneda: Incluye específicamente los derechos por ventas de bienes y servicios. Una novedad importante es la inclusión aquí de los "Derechos a facturar a clientes".
  • Cuentas por cobrar a clientes en especie: Se mantiene la distinción para aquellos derechos que se cancelarán recibiendo bienes o servicios, pero con la instrucción de que, si corresponden a la adquisición de Bienes de Cambio o Uso, se deben exponer dentro de esos rubros específicos o en notas.
  • Otras cuentas por cobrar en moneda: Para créditos que no provienen de la actividad principal (ej. préstamos a empleados, anticipos de impuestos).
  • Otras cuentas por cobrar en especie: De la misma manera que las cuentas a cobrar a clientes, en este caso también debe diferenciarse cuando se cancelará en bienes o servicios.

2. Créditos con partes relacionadas – Separación Obligatoria

A diferencia de los créditos con terceros, los créditos con partes relacionadas son los derechos que el ente posee contra aquellos que tienen un vínculo de control, influencia significativa o son personal clave de la gerencia y directorio. Incluye siempre la cuenta particular de los socios o accionistas. Estos créditos deben exponerse por separado en el Estado de Situación Patrimonial o en notas y no pueden mezclarse con el resto de los créditos. Dentro de esta separación, se debe distinguir si el origen del crédito es:

  1. Por transacciones comerciales (ventas de bienes o servicios).
  2. Por préstamos o transacciones financieras.
  3. Otros créditos: dividendos a cobrar, anticipos de honorarios, etc.

En la nota correspondiente a este rubro se debe indicar:

  • Naturaleza de la relación: (Controlada, controlante, bajo control común, etc.).
  • Condiciones de cancelación: Plazos, si tienen garantía o si son a sola firma.
  • Tasa de interés: Si es gratuita o con interés pactado.
  • Saldos y transacciones: El monto del saldo al cierre y el volumen de transacciones realizadas durante el ejercicio.

3. Inversiones Financieras - El nuevo rubro estrella

A diferencia de la RT 9, que agrupaba casi todo en "Inversiones", la RT 54 introduce el rubro Inversiones Financieras para diferenciarlo de Participaciones Permanentes en otras entidades, Propiedades de Inversión (inmuebles) u Otras inversiones. ¿Qué incluye? Depósitos a plazo fijo, títulos de deuda, acciones con cotización y otras colocaciones de efectivo realizadas con el fin de obtener una renta.

4. Propiedades de Inversión: Se consolida como rubro separado de "Bienes de Uso" para aquellos inmuebles destinados a renta o acrecentamiento de valor, no a la operativa propia.

5. Créditos Impositivos: Se incluye los saldos a favor que posea con el fisco, salvo los créditos que surjan de aplicar el método del impuesto diferido.

6. Activo por impuesto diferido: la norma indica que se presentará como rubro no corriente y se expondrá dentro de “Otros Créditos en Moneda” o directamente como un rubro separado “Activo Neto por Impuesto Diferido” donde se compensen saldos deudores y acreedores.

Rubro Anterior (RT 9)

Rubro Nuevo (RT 54)

Observación Clave

Inversiones

Inversiones Financieras

Exclusivo para inversiones que produzcan rentas financieras.

Créditos por Ventas

Cuentas por cobrar a clientes

Incluye "derechos a facturar". Se divide en moneda y en especie.

Otros Créditos

Otras cuentas por cobrar

Se divide en moneda y en especie.

Otros Créditos

Créditos con partes relacionadas

Se usa para separar los créditos con aquellos que se posee algún tipo de vinculación.

Propiedades de Inversión

Propiedades de Inversión

Se consolida la existencia del rubro

Otros Créditos

Créditos Impositivos

Es más precisa la naturaleza del crédito

Otros Créditos

Activo Neto por Impuesto Diferido

Se puede optar por exponerlo en un rubro separado


Finalmente, se puede decir que la RT 54 no es simplemente un cambio de nombres; es una invitación a que el balance "hable" de forma más clara y el desafío estará en reclasificar correctamente los saldos de apertura para que el comparativo sea consistente.

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