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¿Dudas con el plan “Cero Deudas”? Aquí están las respuestas
Este resumen realizado por el CPCE y ATM, reúne las preguntas y respuestas más frecuentes sobre el régimen vigente hasta el 31 de marzo
02 de Marzo de 2020
CPCE

El Plan de Regularización de Deudas definido por la Administración Tributaria Mendoza (ATM) seguramente genera en los contribuyentes un sinnúmero de dudas.

Por esa razón, desde el Consejo Profesional de Ciencias Económicas, en conjunto con el ente recaudador, se generó este compendio de preguntas frecuentes con sus respectivas respuestas, para aclarar aquello que no logre ser bien comprendido.

Una ayuda para viralizar.

1- ¿Se pueden refinanciar planes de contribuyentes en concurso?

Sí se pueden refinanciar los planes de contribuyentes en concurso y quiebra

2- Los contribuyentes inscriptos en Convenio Multilateral, ¿pueden acogerse a la moratoria?

   Si

3- Honorarios de abogado y tasas de justicia. ¿Se puede incluir en la moratoria?

Las obligaciones devengadas por Tasa de Justicia se incluyen en el plan

Los honorarios de abogado y otras costas, no se pueden incluir en el plan. Por los mismos puede solicitarse su liquidación de manera presencial en ATM, Delegaciones y Receptorías o a través del Contac Center de  ATM

4- Pasos para realizar la MORATORIA

   Se encuentran explicados en la web de ATM www.atm.mendoza.gov.ar en el tutorial en formato video y PDF ubicado debajo del botón “Ingresar” del aplicativo    Mis Trámites.

5- ¿Qué deudas se pueden incluir?

Las obligaciones tributarias y no tributarias vencidas al 30 de Noviembre, excepto las regalías petroleras, cánones de exploración y explotación petroleras. Los intereses resarcitorios se reducirán de acuerdo a lo establecido en el artículo 9 de la Resolución General A.T.M. Nº 1/2020. Las multas (sólo las correspondientes al Impuesto sobre los Ingresos Brutos e Impuesto de Sellos) se reducirán conforme a lo dispuesto por el mencionado artículo 9.

6- Condiciones para acogerse al régimen.

   Se encuentran plasmadas en la Resolución General A.T.M. N.º 01/2020

7- Desarrollo del funcionamiento de la moratoria 2020 ATM, pasos, acceso al plan

   Se encuentran explicados en la web de ATM www.atm.mendoza.gov.ar en el tutorial en formato video y PDF ubicado debajo del botón “Ingresar” del aplicativo    Mis Trámites.

8- ¿Se puede incluir en un mismo plan todos los impuestos provinciales?

   No, debe realizarse un Plan por cada tributo y en el caso de los Impuestos         Inmobiliario y a los Automotores: por cada objeto.

9- ¿Existe una cantidad límite en cuanto al número de planes que se pueden realizar?

No

10- Por qué no se permite un solo plan para todas las deudas del contribuyente como es en AFIP ? Y no como es ahora que es un plan por cada  tipo de impuesto.

   Porque así lo hemos diseñado nosotros

11- ¿Cuáles son las sanciones?

La caducidad se producirá de pleno derecho por incumplimiento de pago de la  primera cuota a la fecha prevista en la concertación del plan, como así también en el caso de mora en el pago de dos (2) cuotas consecutivas o alternadas.

   La caducidad del Plan Especial de Facilidades de Pago implicará la reliquidación de las multas con la graduación original sobre el saldo adeudado y con los     intereses que correspondan sin ningún tipo de quita.

12- ¿Cómo regularizar deudas que quedaron en el residual de empresas en convocatoria o quiebra?

Se pueden incluir la obligaciones emergentes de sentencias de verificación a favor de ATM en concursos y quiebras

13- Vencimiento, vigencia del plan, posibilidad de extensión.

   La fecha límite para el acogimiento al Plan de Pagos es el 28 de febrero de 2020,     prorrogado al 31 de marzo de 2020 a través de la Resolución General A.T.M. N.º   8/2020

14- ¿Qué pasa con las deudas con apremio?

Se pueden incluir en el Plan de Pagos, pero no los honorarios y otras costas. Puede solicitarse la liquidación de los mismos de manera presencial en ATM, Delegaciones y Receptorías o a través del Contac Center de  ATM

 

Si las dudas persisten, existen otras pobilidades de salvarlas en los siguientes contactos:

 

Provincia de Mendoza: 148 interno 1

 

Fuera del ámbito provincial: 0800 - 800 - 28692

 

Por correo e.: webatm@mendoza.gov.ar

 

Días de atención: Lunes a Viernes

Horario: 08:00 a 19:00 hs

 

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