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Empresarios y contadores se preparan para ajustar por inflación los estados contables
Desde 2003, la práctica no es considerada en la preparación de la información contable. Comenzará en diversos sectores en las próximas semanas y provocará un importante impacto en los balances.
29 de Octubre de 2018
CPCE

La declaración de Argentina como economía de alta inflación, que provoca un fuerte impacto en las empresas y personas, devino en la decisión de implementar un ajuste en los estados contables.

Por tanto, las empresas y sociedades deberán comenzar rápidamente a adecuar sus sistemas contables, software, procedimientos administrativos y la forma de captar el efecto de la inflación en el negocio. Para ello, deberán apoyarse en un contador matriculado.

La decisión de aplicar el ajuste por inflación surge del análisis realizado sobre los índices generales de precios que reflejan los cambios en el nivel adquisitivo de la moneda y que dan cuenta que superan el 100% de la tasa acumulada en los últimos tres años.

El efecto que esta situación ha provocado en las sociedades generó errores múltiples debido a que las decisiones económicas que las empresas fueron tomando provenían de información sesgada, es decir sin ajuste.

Es por esto que la profesión contable nacional e internacional definió que los estados contables que se refieran a ejercicios cerrados a partir del 1 de julio de 2018 deberán ser ajustados por inflación. Esto provocará un importante impacto en los Balances, y se evidenciará en diversos sectores en las próximas semanas.

Debido a que desde 2003 no se realiza la práctica de ajuste por inflación en los estados contables, el tema fue excluido de los planes de estudio universitario y de las formaciones de posgrado, por esto, los profesionales deben tomar cursos presenciales o de autoaprendizaje, tales como los que se dictan en el Consejo Profesional de Ciencias Económicas Provincia Mendoza, por  los doctores Jorge Gil y Felipe Sturniolo, especialistas en los aspectos de la contabilidad en un contexto inflacionario.

Para facilitar la aplicación por primera vez de este ajuste se aprobó un plan de trabajo que incluye la resolución que definió la medida y ofrece opciones simplificadoras para su aplicación, además se están publicando guías de implementación entre otras acciones.

La Resolución 539-18 recientemente aprobada definió: el cambio de índice de ajuste; el ajuste a partir de los cierres del 1 de julio de 2018;  para los cierres hasta el 30 de diciembre de 2018, la posibilidad de postergar el ajuste para el próximo año; una serie de opciones tales como no hacer el ajuste retroactivo por dos años, sino sólo por uno; en el caso de no ser posible anticuar las partidas de bienes de uso realizar una valuación a valores de mercado al inicio del ejercicio comparativo; simplificar la preparación del estado de flujo de efectivo en los entes pequeños; aplicar el impuesto diferido con una opción especial para los terrenos.

El período que se inicia representa un importante desafío para los empresarios y otras organizaciones y para los profesionales contadores, ya que exigirá estar preparado, con recursos y conocimientos para cumplir adecuadamente con las nuevas exigencias.

Este proceso permitirá mejorar el prestigio de la información financiera que proporcionan los estados contables, como un soporte importante en la economía, básicamente como base para la toma de decisiones por parte de sus usuarios.

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